Detalles y fundamentos de la sentencia a Elbio Bruschi, el "Maestro Ilustre"

Hace 24 minutos

Los jueces lo condenaron por incumplimiento de los deberes de funcionario público y no avalaron la acusación por ciberacoso que impulsaba la Fiscalía

El Tribunal Penal Colegiado de la Segunda Circunscripción Judicial integrado por los jueces María Eugenia Laigle, Rodolfo Luque y Julio Bittar condenó este lunes al docente Elbio Bruschi a la pena de 6 meses de prisión (de ejecución condicional) y un año de inhabilitación especial para el ejercicio de la docencia con personas de menos de 18 años de edad por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Además, el condenado deberá cumplir reglas de conducta como comparecer en sede judicial una vez cada tres meses y realizar cursos y capacitaciones orientados en Ley Micaela.

La sentencia se dio a conocer este lunes cerca de las 11 tras una extensa lectura del fallo que comunicó la presidente del Tribunal Maria Eugenia Laigle que fundamentó la decisión y brindó detalles del debate. 

Detalles y fundamentos de la sentencia a Elbio Bruschi, el "Maestro Ilustre"

El Tribunal para llegar a la decisión planteó las siguientes cuestiones a resolver: primero  si estaban acreditados los hechos y la autoridad y la responsabilidad penal del imputado respecto de los cargos que conforman la acusación. 

Segundo, en caso afirmativo, ¿cuál es la calificación legal que corresponde y la pena que corresponde que se le imponga? Tercero, costas, honorarios, destino de los bienes secuestrados y comunicaciones.

A Bruschi se  lo acusó inicialmente de ser autor de los delitos de ciberacoso sexual infantil o grooming a los términos del artículo 131 del Código Penal y luego la Fiscalía amplió la imputación por incumplimiento de los deberes de funcionario público. 

Los hechos denunciados transcurrieron entre los meses de abril y noviembre del año 2023 en diferentes días y horarios cuando la ex alumna de 17 años cursaba la asignatura de desarrollo de sistemas digitales y redes a cargo del profesor Elbio Bruschi en una escuela de San Rafael. 

La joven que ingresó a esa escuela en ese año debía rendir equivalencias de la materia que dictaba el profesor y comenzó a hacerle consultas. Allí le contestó en forma verbal con frases de connotación sexual explícitas, tales como: "Ay, no te puedo dejar de mirar la boca" y "no me puedo concentrar, tengo unas ganas de meterte la lengua y que te llegue hasta la garganta. Me vas a tener que pagar con carne". 

Detalles y fundamentos de la sentencia a Elbio Bruschi, el "Maestro Ilustre"

El 4 de noviembre del 2023 desde su domicilio particular Bruschi fue más allá y por Whatsapp envió una serie de mensajes con alto contenido sexual como : "No sé, vos me parece que vas a tener que entregar tu cuerpo. Ja, ja, ja." y " Yo me imagino cada cosa. Ja, ja, ja." y "¿Cuánto pesará Luis?". 

La Fiscalía acusó al profesor por  estas conductas desplegadas con el propósito de menoscabar la integridad sexual de la joven y con expreso conocimiento de su edad con el agravante de que Bruschi era su docente. 

Y fundamentó que "el docente no desempeñó digna y eficazmente las funciones inherentes a su cargo, ni observó una conducta moral y acorde a la función educativa. Por el contrario, sometió a su alumna a un trato sexista, violento, vejatorio, humillante e intimidatorio".

La defensa en cambio negó que Bruschi haya efectuado esos comentarios, a excepción de los mensajes por WhatsApp que admite haber enviado y además que lo hizo como una forma de "arengar y motivar a su alumna y que, por lo tanto, no ha cometido ningún delito". 

Los jueces dejaron en claro que el relato de la alumna era creíble tras las pericias a la que fue sometida y señalaron que "¿Qué gana Priscila mintiendo e inventando todo esto? ¿Por qué buscaría que una persona inocente fuera condenada de manera injusta?".

Lo cierto es que las autoridades escolares luego de la denuncia de la madre tuvo que dejar de ir a la escuela incluso no pudo ir a su acto de graduación. Cuestionaron en ese sentido la cobertura que se le dio al profesor en lugar de atender y contener a la alumna. 

No quedó probado el delito de ciberacoso porque luego de la conversación del 4 de noviembre hubieron más mensajes entre la alumna y el profesor que la ayudó a rendir con éxito la materia que la joven le agradeció. 

Los jueces entendieron que nunca hubo una propuesta para tener relaciones sexuales y tampoco que el profesor haya direccionado a la alumna para un encuentro íntimo entre ambos . 

El Tribunal hizo foco en el comportamiento indecoroso y de violencia que le propinó el profesor a su alumna sabiendo de la asimetría que existía entre ambos y por ese motivo decidió condenar a Bruschi y le pidió que reflexionara sobre su conducta. 

Además refutó las explicaciones que dio el profesor sobre una arenga y consideró que "de arenga no tienen nada". 

En ese sentido dictó las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio debiendo informar cualquier cambio al tribuna,  someterse al cuidado de la dirección de promoción del liberado, donde deberá comparecer una vez cada 3 meses y realizar cursos y/o capacitaciones orientados a dar cumplimiento a la ley 27499, ley Micaela, por espacio de 30 horas cátedra.