EDEMSA deberá pagar una indemnización millonaria a un hombre que se electrocutó

Hace 11 minutos

El hecho sucedió en octubre del 2023 sobre la ruta 143 cuando la víctima rozó un cable que estaba suelto y sufrió quemaduras en ambos brazos

La empresa EDEMSA deberá indemnizar con más de 93 millones de pesos a un hombre que sufrió una descarga eléctrica por un cable suelto en la vía pública.

El fallo fue confirmado por la Cámara de Apelaciones del fuero civil tras la sentencia de primera instancia que fue recurrida por la empresa distribuidora de energía eléctrica.

El hecho sucedió el 30/10/2023, a las 7.20 cuando la víctima G.A descendió de un colectivo sobre Ruta 143 y al caminar hacia otra parada de micros ubicada a pocos metros, sobre calle Navazo, se encontró con un cable eléctrico desprendido.

La víctima al rozarlo con sus manos sufrió una descarga eléctrica que lo dejó tendido en el suelo con quemaduras en ambos brazos.

Fue trasladado al hospital Schestakow donde le diagnosticaron las lesiones y fue asistido por un cirujano plástico quien lo trató por las quemaduras con cremas y le ordenó sesiones de terapia kinésica.

La víctima inició una demanda civil contra la compañía eléctrica donde reclamó gastos médicos y de traslado, incapacidad psicofísica sobreviniente y daño moral.

En primera instancia,la Justicia Civil condenó a la empresa a pagar 93 millones más intereses y costas.

La sentencia fue apelada y la Cámara Civil compuesta por los jueces Dante Anibal Giménez, Esteban Vázquez Soaje y Ana Paula Rigo confirmó la sentencia de primera instancia.

La empresa cuestionó en esa instancia los rubros por incapacidad y daño moral o consecuencias no patrimoniales.

Los jueces consideraron que el accidente tuvo repercusiones en la vida cotidiana del actor, y con alto grado de probabilidad tendrá repercusiones espirituales en el futuro, por lo que se encuentra acreditado el perjuicio espiritual pasado, presente y futuro del actor y su magnitud.

Y además confirmaron que la víctima presenta una incapacidad física permanente, definitiva con compromiso estético del 59%.

Asimismo tuvieron en cuenta al igual que el juez de primera instancia las pericias psicológicas efectuadas a la víctima que sufrió un nivel crónico grave de un cuadro de Trastorno por Estrés Postraumático, el que se estima, sólo a los fines ilustrativos, en un 35 %.

En cuanto al monto de la indemnización los magistrados aclararon que "hemos propiciado una indemnización menor al promedio resultante de las dos fórmulas en casos en que no existió compromiso funcional por las lesiones sufridas".

Ahora la empresa de energía eléctrica tiene la posibilidad de recurrir la sentencia en Casación .




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