Un policía de General Alvear utilizó una pistola Taser 7 para reducir a un hombre que se resistió a ser detenido.
Se trata de la segunda utilización de este dispositivo de baja letalidad por parte de un efectivo que no pertenece a las Fuerzas de Operaciones Especiales (FOE), luego de haber completado la capacitación y certificación correspondiente para su uso.
El hecho ocurrió durante la noche del domingo, cuando ingresó un llamado a la línea de emergencias 911 en el que la víctima denunció que otra persona le había sustraído una motocicleta Zanella 150cc que se encontraba en el patio de una vivienda de calle Constitución.
En la comunicación también indicó que el rodado fue recuperado en la intersección en calle La Marzolina y que el sospechoso, tras saltar un portón, habría ingresado al interior de una vivienda.
Hasta el lugar se desplazó personal de Motorizada, que entrevistó tanto a la víctima como a la propietaria del domicilio señalado. La mujer manifestó que había escuchado ruidos en el patio de su casa y que al salir observó a un hombre, por lo que autorizó el ingreso del personal policial para verificar el interior de la propiedad.
Durante el procedimiento, los efectivos escucharon ruidos provenientes del patio de una vivienda lindante. Al ingresar al lugar para constatar lo sucedido, observaron entre las malezas a un hombre agazapado.
El individuo se resistió a la aprehensión y agredió a uno de los policías, por lo que el efectivo hizo uso de la pistola Taser en modo disuasivo (tecnología con la que solo cuentan estos dispositivos recientemente adquiridos en la provincia), utilizando únicamente el sonido del dispositivo y sin efectuar el disparo de la sonda, y logró reducirlo.
Tras la intervención, se dio aviso al ayudante fiscal en turno, quien dispuso el traslado del aprehendido. En el momento del control se constató que el hombre presentaba una medida pendiente por un pedido de captura.
Protocolo estricto para su uso
El instructivo de las pistolas Taser establece criterios claros de aplicación, orientados a que el uso de esos dispositivos se ajuste a los principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad, respetando los estándares en materia de derechos humanos y seguridad pública.
Se prohíbe disparar hacia la cabeza, el cuello, el rostro, la entrepierna y el torso superior, y se recomienda apuntar hacia áreas de mayor masa muscular. Además, solo se puede operar estos dispositivos personales con al menos dos años de antigüedad en la Policía o tres años en el caso de civiles que trabajen como preventores o en seguridad privada. Y deben estar certificados y habilitados por la cartera de Seguridad.
Cada intervención debe ser documentada en detalle, consignando fecha, hora, lugar, circunstancias y resultados. Y en situaciones críticas se debe elaborar un informe técnico dirigido al magistrado correspondiente. El protocolo establece responsabilidades administrativas para las entidades que adquieran los dispositivos y responsabilidades operativas directas para quienes los utilicen y sus superiores.
Se extendió su uso a la Policía de Mendoza
Con la publicación del Decreto 2155 en el Boletín Oficial a principios de junio del 2025, se aprobó el protocolo oficial para el empleo de armas no letales y la capacitación obligatoria incorporada al Plan Anual de Formación de la fuerza. De este modo, el uso de dispositivos Taser, hasta entonces restringido a las FOE (el Grupo Especial de Seguridad o GES y el Grupo de Resolución de Incidentes y Secuestros o GRIS), quedó habilitado para todo el personal policial que complete la instrucción correspondiente.
La iniciativa contempló la aprobación de cuatro cursos específicos: uno destinado a cuerpos especiales, como el GRIS y el GES; otro para la capacitación de instructores, un tercero orientado a efectivos policiales en general y un cuarto dirigido a personal de otras unidades, como seguridad privada o cuerpos de seguridad ciudadana, que podrán incorporarse con autorización del Ministerio de Seguridad y Justicia.






