Una menor de 15 años suplicó a su madre que su abusador no quedara en libertad sin embargo un acuerdo en un juicio abreviado le otorgó una condena en suspenso al agresor, su abuelo, que volverá a la calle.
La jueza Sonia Amalia Yornet, titular del Juzgado Penal Colegiado 2 con sede en el Polo Judicial de Mendoza, homologó un acuerdo que condenó a un hombre oriundo de Chaco a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional por abuso sexual simple reiterado contra su nieta.
La audiencia donde se dio a conocer el acuerdo se tensionó en la previa cuando la asesora de Menores se opuso al acuerdo entre la Fiscalía y la defensa del abusador.
Sin embargo a pesar de la oposición la jueza no tuvo otro camino que aceptar el acuerdo que no tuvo en cuenta la situación de la menor que se oponía a que su abuelo estuviera en libertad poniendo en evidencia la complejidad del sistema cuando hay casos de violencia sexual infantil.
La causa comenzó con una imputación por abuso sexual con acceso carnal, delito que contempla penas severas de prisión efectiva. Sin embargo, la fiscal de Delitos Sexuales María de las Mercedes Moya propuso una recalificación hacia abuso sexual simple reiterado, argumentando inconsistencias en la prueba reunida durante la investigación.
La fiscal fundamentó su decisión en la ausencia de lesiones físicas concluyentes y ciertas imprecisiones en el relato de la menor víctima en casos que ocurrieron en una casa de Luján.
La investigación comenzó cuando la madre de la menor descubrió los abusos tras consultar a su hija sobre supuestos sangrados menstruales. La niña reveló entonces que la pareja de su abuela, la tocaba íntimamente y que esos contactos le provocaban dolor y sangrado posterior. El caso se fortaleció con capturas de WhatsApp donde la menor relataba a su madre: "Mami, el Papi Carlos (así lo llamaban) vino hace un rato y si no me despertaba me iba a seguir tocando".
Los exámenes médicos realizados por una médica del Hospital Notti inicialmente detectaron lesiones en la zona íntima de la menor. Sin embargo, posteriores pericias físicas del Cuerpo Médico Forense concluyeron que el himen se encontraba íntegro, sin lesiones aparentes.
La fiscal Moya interpretó esta evidencia como fundamento para la recalificación: "Al ser tanta la cantidad de hechos, debería haber presentado algún tipo de lesión. Incluso abona este cambio de calificación la declaración de la médica del Notti, quien no revisó a la menor y emitió un certificado médico de sospecha basado en lo manifestado por la madre", señaló.
La declaración en Cámara Gesell de la víctima reveló episodios sistemáticos de abuso que se iniciaron en Chaco, de donde es oriundo el ahora culpable, y continuaron en un domicilio de Ugarteche. La menor describió tocamientos, introducción de dedos y sangrados posteriores, diferenciando claramente estos episodios de su menstruación natural.
La asesora de menores Julieta Appes presentó una férrea oposición al acuerdo, calificándolo como "no razonable" y "violatorio de derechos fundamentales". Su argumentación se basó en múltiples pilares jurídicos y fácticos que cuestionaban tanto la recalificación como la modalidad de condena propuesta.
"Me voy a oponer terminantemente al acuerdo que han realizado entre el fiscal y la defensa. Tengo una mirada absolutamente diferente en relación a la prueba", declaró enfáticamente la representante de la menor durante la audiencia.
La asesora fundamentó su oposición en la pericia psicológica del EDAS (Equipo de Abordaje de Abusos Sexuales), que concluyó que la menor presentaba "sintomatología compatible con estrés, neurosis, insomnio, miedo al sexo opuesto y angustia".
Además, citó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableciendo que la ausencia de lesiones en el himen no descarta la ocurrencia de abuso sexual con acceso carnal.
"La niña es absolutamente clara en los hechos que suceden en Mendoza", argumentó la asesora, destacando que la pericia post-Gesell otorgaba "absoluta credibilidad" a los relatos sobre los hechos ocurridos en Ugarteche, diferenciándolos de los episodios del Chaco que presentaban "algunas fisuras" testimoniales.
La asesora reveló haber contactado a la madre de la víctima la mañana de la audiencia: "La mujer lloraba y refería que no podía creer que le iban a dar a este señor la pena de 2 años y medio. Me dijo que su hija estaba aterrada, con miedo, no quería ir a la escuela por haberse enterado de este acuerdo".
La fiscal Moya defendió la comunicación previa con la familia de la víctima la misma jornada del debate: "Nos comunicamos ayer (por el jueves 14 de mayo) con la mamá de la nena y se le explicaron los términos del acuerdo. Ella manifestó que se daba por notificada y que no iba a poder venir porque tenía que trabajar".
Sin embargo, la asesora replicó que no se informó a la familia sobre su derecho a oponerse al acuerdo: "No se les informa que tienen la posibilidad de asistir al Polo a oponerse y pedir una pena mayor. Simplemente, se les informó cuáles eran los términos del acuerdo".
La defensa pública, por su parte, adhirió a los argumentos de la fiscal y solicitó la homologación del acuerdo, argumentando que "se ajusta muchísimo más a lo realmente acontecido" y que su defendido aceptaría las reglas de conducta impuestas.
La jueza Yornet explicó detalladamente al imputado las implicaciones del juicio abreviado y las condiciones de la ejecución condicional. El agresor sexual confesó ser autor de los hechos y aceptó la pena propuesta junto con las restricciones correspondientes.
Las condiciones incluyeron la prohibición absoluta de acercamiento, contacto y referencia hacia la víctima y su familia, mantenimiento de domicilio fijo y la obligación de no cometer nuevos delitos durante cuatro años. El incumplimiento de estas condiciones conllevaría el cumplimiento efectivo de la pena en prisión.
Luego de haber escuchado todos los argumentos, Yornet homologó el acuerdo en el debate abreviado (lo que solicitó la asesora no es vinculante) y el abuelo abusador dejó la cárcel hace poco más de una semana.