Así quedarán las categorías del Monotributo a partir de agosto

Domingo, 14/07/24 20:00

La AFIP publicó las últimas actualizaciones que regirán a partir del próximo mes. En la categoría mínima el aumento anualizado es del 205%

 La Administración Federal de Ingresos Públicos  dio a conocer este domingo los nuevos valores para las categorías de monotributo tras la ampliación de los montos máximos de facturación dispuestos con la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes que significan aumentos superiores al 200%. 

Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto.La AFIP  ya había extendido el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.

 No ingresarán al impuesto integrado los trabajadores independientes promovidos o aquellos asociados a cooperativas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores. Tampoco lo harán los asociados a cooperativas cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A.

Además, quedan exceptuados

- Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales.

- Los menores de 18 años.

- Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.

Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.

- Quiénes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/1994.

Nuevas tablas del Montributo 

En la columnas está el monto anterior y el actualizado por cada categoría más el porcentaje del aumento.    

A$2,108,288.01$6,450,000206%
B$3,133,941.63$9,450,000202%
C$4,387,518.23$13,250,000202%
D$5,449,094.55$16,450,000202%
E$6,416,528.72$19,350,000202%
F$8,020,660.90$24,250,000202%
G$9,624,793.05$29,000,000201%
H$11,916,410.45$44,000,000269%
I$13,337,213.22$49,250,000269%
J$15,285,088.04$56,400,000269%
K$16,957,968.71$68,000,000301%