El Ejecutivo provincial promulgó este miércoles las modificaciones al Código Contravencional aprobadas en la Legislatura que habilitan sanciones a los padres o tutores de los alumnos que cometan actos de bullyng en las escuelas de Mendoza.
A partir de la publicación en el Boletín Oficial, los padres o tutores que no intervengan tras ser notificados por la escuela podrán ser sancionados con fuertes multas.
La modificación en el artículo 100 bis del Código Contravencional estipula que "si un adulto responsable es notificado por las autoridades escolares sobre conductas de acoso de su hijo/a y no adopta medidas de "orientación, diálogo o vigilancia", será sancionado.
Las multas pueden ser económicas o sanciones alternativas como trabajos comunitarios o tareas educativas por un plazo de hasta 30 días.
En cuanto a lo económico la sanción va desde las 1300 a 3000 unidades fijas cuyo monto va a variar el año entrante.
El dinero recaudado por estas multas tendrá un fin específico: se destinará a un fondo para la prevención y asistencia de víctimas de bullying en el ámbito de la Dirección General de Escuelas (DGE) y al fortalecimiento de Bibliotecas Populares.
La ley es clara en que la escuela sigue siendo la primera instancia de intervención. Según el Art. 100 ter, los directivos deben aplicar el protocolo vigente. Sin embargo, si los padres no asisten a las citaciones o incumplen los compromisos asumidos y/o muestran falta de cooperación para reparar el daño, la escuela deberá notificar al Juzgado Contravencional con un informe pormenorizado del hecho.
Quedan exentas las personas privadas o suspendidas de la responsabilidad parental, los padres que no tengan el cuidado personal (custodia) de forma judicial y aquellos con medidas de prohibición de acercamiento vigentes.






