Otro revés judicial para la comunidad mapuche Lof El Sosneado

La Corte rechazó una acción de nulidad y otra medida cautelar solicitadas por la Comunidad Lof El Sosneado

Con la firma de los jueces Mario Adaro y José Valerio, la Corte desestimó un pedido de nulidad y rechazó una medida cautelar solicitada por la comunidad Loft El Sosneado en el marco de la causa Sominar, S.A. c/ Verón, Nilda Edith s/ de conocimiento p/ recurso extraordinario provincial p/ Acción autónoma de revisión de la cosa juzgada.

Es que tras el último fallo de septiembre del 2024 donde los jueces Teresa Day, Julio Gómez y Pedro Llorente, rechazaron el recurso extraordinario provincia que presentó esa comunidad mapuche contra Sominar por la posesión de 3.500 hectáreas de tierra en San Rafael, sus abogados en noviembre del 2024 interpusieron acción de cosa Juzgada írrita contra la sentencia solicitando medida cautelar de innovar hasta tanto se resuelvan las causas judiciales, allí detalladas y repasadas precedentemente, radicados dos de ellas en los Juzgados Federales con asiento en San Rafael y otras dos en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Y además solicitaron la nulidad tomando en cuenta la resolución INAI 80/2023 que ordenó la inscripción de la personería jurídica de Lof el Sosneado en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

Estos dos pedidos fueron rechazados por los jueces supremos. El primero porque ya existe una resolución de la Corte Nacional que en abril del 2025 rechazó un recurso extraordinario solicitado por esa comunidad al que consideró inadmisible.

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En cuanto a la nulidad, los jueces opinaron que "la causal de nulidad invocada constituye un argumento defensivo de fondo, que no solo no fue planteado en ninguna de las oportunidades procesales con las que contó el presentante a lo largo de la tramitación de los autos N°. 13-04896729-3 sino que también deja firme las argumentaciones en la que la sentencia impugnada fundó la admisión de la acción reivindicatoria, principalmente no haber demostrado una posesión actual, tradicional y pública como lo exige la legislación protectora".

De esta manera desestimaron sin más la acción de nulidad de cosa juzgada írrita interpuesta, por improponible, con costas y rechazaron la medida cautelar solicitada.

Antecedentes causa Sominar

La corte nacional falló en contra de la comunidad Loft El Sosneado que presentó un recurso extraordinario en la puja por 3.500 hectáreas en San Rafael.

La Corte determinó que ese recurso legal presentado por Nilda Edith Verón era "inadmisible", por lo que "se desestima la presentación directa. Declárase perdido el depósito".

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El recurso de queja fue contra la empresa Sominar propietaria de los terrenos que pidió en su momento el desalojo de los mismos.

El conflicto por las tierras ocupadas en el Sur tuvo cuatro frentes: a la comunidad de El Sosneado, se le sumó otro del Lof Yanten Florido , en la misma localidad, y el Lof Suyai Levfv y el Lof Limay Kurref, que se ubican en Los Molles, Malargüe.

A medida que avanzó con su reclamo, la Provincia fue recuperando la potestad. Pero también cambió la política del Gobierno nacional respecto al INAI. Ese organismo nacional pasó de reconocer sin mayores problemas la titularidad de las tierras en el sur de Mendoza a considerar que no debe avanzar sobre la autonomía de la Provincia para decidir sobre su patrimonio.

De hecho, el INAI dio un mensaje contundente al señalar que "nunca más se tolerarán ni alentarán usurpaciones y ocupaciones indebidas, tampoco la violencia, la prepotencia y menos la búsqueda de soluciones arbitrarias", según expresó su titular Claudio Avruj.

En ese punto, el organismo anuló los relevamientos efectuados en las comunidades mapuches Lof El Sosneado, Lof Limay Kurref y Lof Suyai Levfv, que habían sido impugnados por la Provincia.