Nuevo domicilio para la planta de verificación de automotores en San Rafael
Ahora depende del Ministerio de Segurodad y está ubicada en avenida Mitre al 1800 de esta ciudad
La verificación física del automotor es obligatoria para concretar la inscripción inicial de un vehículo 0 km y/o transferir un dominio de vehículo usado.
En San Rafael este trámite se realizaba en la calle Santa Fe pasando 3 de Febrero, pero desde enero la planta se mudó y ahora funciona en avenida Mitre al 1800. Está a cargo del Ministerio de Seguridad que nombró al ex comisario general Miguel Sánchez como responsable de la planta verificadora.
Para poder pedir un turno para realizar la verificación del automóvil hay que hacerlo a través de la web www.verificacionmendoza.com.ar/solicita_turno y los pagos del trámite se efectuan por la misma aplicación.
La verificación es la revisión que se realiza en cada vehículo para constatar que el número de motor, de chasis y el tipo de automotor correspondan con lo especificado en la documentación de ese vehículo.
Este proceso de verificación es un paso obligatorio para concretar la inscripción inicial de un 0 kilómetro y la transferencia de dominio de un vehículo usado, entre otros trámites.
Se efectúan en plantas de verificación física autorizadas por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor. La verificación física realizada en planta o puesto verificador habilitado tendrá una validez de 150 días hábiles administrativos y es un trámite personal que no requiere intervención de terceros o intermediarios.
Documentación a presentar
Verificaciones de automotores inscriptos
Título o Cédula de Identificación del automotor, o en su defecto oficio judicial que ordene la verificación o autorización del Encargado dada mediante nota simple del Registro Seccional o en la misma Solicitud Tipo 12 para verificar sin Título y/o Cédula.
Verificaciones para inscripciones iniciales de automotores 0Km., o armados fuera de fábrica, previo a su inscripción
Placas de identificación provisoria o permisos de circulación para motovehículos cuando corresponda. No será obligatorio su uso si el automotor fuere transportado en otro vehículo. En este último caso y de no exhibirlos, se deberá presentar una autorización del Encargado dada mediante nota simple del Registro Seccional o en la misma Solicitud Tipo 12 para verificar sin ellos.
Para la pericia
Para el trámite de transferencia de dominio de automotores a los que se hubiere otorgado código identificatorio RPA o RPM
Orden de peritaje extendida por el Registro Seccional, Título o Cédula de Identificación del automotor o autorización dada por el Registro Seccional en la misma orden para peritar sin Título ni Cédula.
Para el trámite de inscripción inicial de automotores subastados
Orden de peritaje extendida por el Registro Seccional, Título o Cédula de Identificación del automotor o autorización dada por el Registro Seccional en la misma orden para peritar sin Título ni Cédula.
Para el nuevo peritaje del automotor subastado al que se le asigne código identificatorio RPA o RPM
Orden de peritaje extendida por el Registro Seccional y fotocopia del peritaje, autenticada por el Registro Seccional y placas de identificación provisorias o permisos de circulación para motovehículos cuando corresponda. No será obligatorio su uso si el automotor fuere transportado en otro vehículo. En este último caso y de no exhibirlos, se deberá presentar una autorización del Encargado dada en la misma orden, para peritar sin ellos.