Ley de Inocencia Fiscal: masivo cierre de expedientes por evasión

Los expedientes cayeron de a cientos durante los 13 días hábiles en los que la ley estuvo operativa porque se elevó un 3000% promedio los montos mínimos punibles

Los efectos judiciales de la denominada "ley de inocencia fiscal" se sienten con fuerza en el fuero penal económico, donde todas las fuentes consultadas por La Nación coinciden en señalar la existencia de un cierre masivo de expedientes tras la sanción de la norma y en tan solo 13 días de vigencia.

La ley fue aprobada junto al presupuesto 2026, a fines del año pasado, e incrementó en al menos un 3000% los montos mínimos a partir de los cuales se configuran los delitos tributarios, por lo que la enorme mayoría de las causas activas que tramitan en el fuero, afirman las fuentes, quedaron fuera del ámbito penal y comenzaron a caerse a un ritmo de entre 15 y 20 por día, o incluso más en algunos casos.

Con la nueva ley, la evasión simple pasó de $1.500.000 a $100.000.000 y la agravada, de $15.000.000 a $1.000.000.000, lo que representa en ambos casos un aumento del 6567%. Todavía más lejos fue el delito de evasión a través de terceros, que creció un 9900%, al pasar de $2.000.000 a $200.000.000.

"Son muy pocas las [causas] que pasan los montos", explica un funcionario judicial en cuyo despacho quedaron apenas cuatro de las más de 300 causas que tenía, todas relativas al delito de facturación apócrifa.

El vaciamiento del fuero es un fenómeno todavía en curso porque si bien la nueva ley comenzó a regir el 2 de enero, su impacto en los tribunales empezó a sentirse recién en febrero, con el regreso de la actividad tras la feria judicial, por lo que solo estuvo operativa durante 13 días hábiles.

Así, un extendido universo de casos abandona los estrados judiciales para pasar a ser atendido en el ámbito administrativo, relativizando el problema de las vacantes que azota a la Cámara del fuero, con solo dos jueces en las seis vocalías.

Los fiscales y ARCA, alineados

Son al menos dos las vías por las que este grupo de causas comenzó a morir: o los abogados defensores presentan un escrito pidiendo quedar al amparo de la nueva ley o son los propios jueces, basados en el principio constitucional de la ley penal más benigna, quienes actúan de oficio y cierran los expedientes.

Los fiscales, en tanto, con el mismo criterio, o no apelan la decisión de los magistrados u optan directamente por hacer caer la acusación.

La tendencia de la mayoría de los representantes del Ministerio Público Fiscal durante los últimos años fue oponerse a la aplicación de ley penal más benigna cuando los montos punibles cambiaban o se "actualizaban" con el objetivo de no quedar tapados por la inflación. Fue la posicion que fijó el exprocurador Esteban Righi en 2012 o el actual, Eduardo Casal, en 2018.

La postura, sin embargo, se fue flexibilizando en los hechos porque las apelaciones de los fiscales se estrellaban contra el muro que la Corte Suprema fue construyendo con una serie de sentencias y que terminó de consolidar en 2021 con el fallo "Vidal", que dejó asentado de manera definitiva que las nuevas leyes no eran "actualizaciones" de los montos sino normas sustantivas cuya aplicación debía ser retroactiva.

Ahora, además, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio instrucciones precisas sobre el tema a sus funcionarios y equipos jurídicos. Tras la sanción de la ley, en su primer instructivo de 2026 ordenó la aplicación "universal e irrestricta" del principio de la ley penal más benigna y el reconocimiento de los nuevos montos mínimos en la causas ya iniciadas.

"A diferencia de otras épocas, los fiscales y ARCA hoy están alineados", señala el juez Marcelo Aguinsky, que tiene a su cargo dos de los once juzgados del fuero Penal Económico. En línea con el espíritu de la nueva normativa, el magistrado considera que también debería actualizarse el monto que divide la frontera entre una infracción aduanera del delito de contrabando, hoy fijado en 500.000 pesos.