El PJ suspendió a 10 dirigentes kirchneristas entre ellos 7 sanrafaelinos
La sanción es por haber competido por fuera de la estructura oficial en las últimas elecciones
El Tribunal de Disciplina del partido Justicialista de Mendoza resolvió suspender a 10 dirigentes que tienen un fuerte alineamiento con el kirchnerismo y La Cámpora.
Siete de los diez suspendidos son sanrafaelinos que en las elecciones del 22 de febrero decidieron enfrentar al peronismo con el partido San Rafael Futuro que ofreció candidatos a concejales y a constituyentes.
Se trata de Gisela Melanie Flores, Nadir Yassuf, Mariela Herrera, Facundo Martín, Sebastián Videla, Katherina Hidalgo Acosta y Daniel Mazurenco. A estos tres se le sumaron Pamela Scalco, Bruno Ceschín e Hipólito Martínez que acompañaron las listas de Fuerza Patria sin contar con la autorización del Congreso Provincial del partido.
Según el documento partidario, la conducta constituye una falta grave de acuerdo con lo establecido en los artículos 9, 10 y 71 de la Carta Orgánica del PJ Mendoza.
Como sanción, el partido dispuso la inhibición para ocupar cargos partidarios por el plazo de tres años. Además, los afiliados involucrados quedaron inhabilitados durante el mismo período para ser precandidatos o candidatos a cargos públicos electivos en representación del Partido Justicialista o de las alianzas electorales que integre.
La resolución también establece que, como consecuencia de la falta cometida, los dirigentes pierden automáticamente la antigüedad partidaria, tal como prevé la Carta Orgánica provincial.
Desde la conducción del partido aseguran se trata de la aplicación estricta de la "inconducta partidaria". El argumento central es que "la fragmentación de candidaturas y la actuación en frentes ajenos debilitan la construcción política común, contribuyen a la dispersión del voto peronista y a la atomización de la representación, generando un perjuicio concreto y actual a la estrategia política del conjunto".
En términos de sufragios, la división causó estragos en comunas como San Rafael, donde La Libertad Avanza + Cambia Mendoza obtuvo el triunfo por pocos puntos, lo cual se podría haber evitado si ambas listas peronistas se presentaban en conjunto.
En diálogo con Info YA! Nadir Yasuff comentó "que se puede esperar de un partido que hizo ahora una alianza con La Unión Mendocina" y agregó que "la verdad es que no me representa esta conducción".
Fallo del Tribunal
1°) DECLARAR a los afiliados SCALCO PALOMA DNI 35.661.051, CESCHIN BRUNO DNI 33.462.262, MARTINEZ HIPOLITO DNI 25.639.936, FLORES GISELA MELANIE DNI 38.208.168, YASSUF NADIR DNI 33.767.769, HERRERA MARIELA DNI 21.807.993, MARTIN FACUNDO DNI 36.435.200, VIDELA SEBASTIAN DNI 34.608.060, HIDALGO ACOSTA KATHERINA 40.371.552, MAZURENCO DANIEL DNI 6.069.870 responsables disciplinariamente por la comisión de la falta grave prevista y sancionada en los arts. 9, 10 y 71 de la Carta Orgánica del Partido Justicialista - Distrito Mendoza, consistente en haberse postulado, integrado y/o acompañado públicamente como candidatos en las listas del Frente «FUERZA PATRIA» para las elecciones municipales celebradas el 22 de febrero de 2026 en la Provincia de Mendoza, sin contar con la autorización del Congreso Provincial exigida por el art. 33 inc. l). C.O.
2°) APLICAR a los afiliados mencionados en el artículo 1° la sanción de INHIBICIÓN PARA OCUPAR CARGOS PARTIDARIOS por el plazo de TRES (3) AÑOS, conforme al art. 40 de la Carta Orgánica Provincial.
3°) APLICAR a los afiliados mencionados en el artículo 1° la sanción de INHABILITACIÓN PARA SER PRECANDIDATOS Y/O CANDIDATOS A CARGOS PÚBLICOS ELECTIVOS en representación del Partido Justicialista - Distrito Mendoza y/o de las alianzas o frentes electorales que éste conforme, por el plazo de TRES (3) AÑOS, conforme al art. 40 de la Carta Orgánica Provincial.
4°) TENER POR OPERADA, respecto de los afiliados mencionados en el artículo 1°, la pérdida automática de la antigüedad partidaria como consecuencia legal directa del art. 71, primera parte, de la Carta Orgánica Provincial, sin que ello requiera pronunciamiento expreso adicional.
5°) COMUNICAR la presente al Consejo Provincial, al Congreso Provincial y a la Junta Electoral del Partido Justicialista - Distrito Mendoza, a sus efectos.
6°) REGISTRAR, notificar personalmente a los denunciados en los domicilios constituidos en autos, publicar en el sitio web oficial del Partido Justicialista - Distrito Mendoza y, oportunamente, ARCHIVAR.