Cuándo y cómo funcionará la convención que redactará la carta de autonomía
Conocé quiénes, cuántos y en qué plazo deberán debatir y elaborar la Carta Orgánica para instaurar la autonomía municipal en San Rafael.
En la elección del 22 de febrero próximo en la que se votarán los nuevos ediles para renovar la mitad del Concejo Deliberante también se elegirán los convencionales que conformarán una "convención constituyente" para redactar la Carta Orgánica Municipal.
Será una especie de "mini constitución local" que fijará los términos de la autonomía municipal con la que la comuna busca tener mayores atribuciones para la gestión local. Actualmente los municipios de Mendoza se rigen por la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece cómo deben organizarse y funcionar.
Como anticipó Info YA! en una anterior nota, la convención municipal se integrará con 24 miembros que los sanrafaelinos deberán elegir entre los candidatos que presenten los partidos políticos que compitan en los comicios de febrero.
Convocan a votar convencionales para dictar la carta de autonomía de San Rafael
Según estableció la Ordenanza 15.430 sancionada el 24 de setiembre pasado y que declaró la autonomía municipal, "deberán reunir los mismos requisitos exigidos para ser concejal, pudiendo incluso ser funcionarios o legisladores municipales, provinciales o nacionales, siendo incompatible con este cargo el de ser miembro del Poder Judicial de la Nación y Provincia".
El oficialismo, con apoyo libertario, aprobó la Autonomía de San Rafael
Traduciendo al lenguaje común, también podrán candidatearse y ser elegidos como convencional los concejales, diputados y senadores y personas que estén desempeñándose como funcionarios de cualquiera de los tres niveles del Estado, pero quedan excluidos los jueces, fiscales y otros funcionarios judiciales.
Como ocurre con los concejales y los legisladores, cada partido político "meterá" una cantidad de convencionales en proporción a los votos conseguidos, para lo cual se usará el sistema D'Hont.
Duración y funcionamiento de la Convención
La Convención Municipal deberá comenzar sus sesiones dentro de los sesenta días posteriores a que sean proclamados los convencionales elegidos el 22 de febrero y tendrá un plazo máximo de tres meses desde su inicio para debatir, redactar y aprobar la Carta Orgánica de San Rafael.
Para establecer cómo se aprobarán los artículos de esta carta de autonomía, los convencionales deberán redactar un reglamento interno que fije qué mayoría se usará para ello.
En caso de no acordar este punto, la Ordenanza 15.430 establece que "las votaciones serán aprobadas por la mayoría absoluta de los votos de los convencionales presentes".
Los convencionales recibirán un pago durante el tiempo que funcione la Convención y esa compensación será equivalente a la de los concejales, excepto "los casos de funcionarios o legisladores municipales, provinciales o nacionales en ejercicio o electos, quienes no percibirán dicha compensación, aunque se les reconocerán los gastos debidamente acreditados que su desempeño implique", según indica el artículo cuarto de la ordenanza.
Además se deberá fijar un lugar para el funcionamiento de la Convención (posiblemente el mismo recinto del Concejo Deliberante) y los fondos para ello saldrán del Municipio.
El artículo sexto de la ordenanza mencionada autoriza "al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los gastos necesarios que demande la ejecución de la presente ordenanza, pudiendo efectuar las reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias para cumplir con su fin".