Avanza la Ley para que condenados por abuso sexual no trabajen con chicos

Este martes el Senado de la provincia aprobó el proyecto que prohíbe la designación de personas condenadas por delitos sexuales en funciones con menores

El Senado de Mendoza dio media sanción, por unanimidad, a un proyecto de ley impulsado por la senadora justicialista Mercedes Derrache, que tiene como finalidad garantizar espacios seguros para niñas, niños y adolescentes mediante la prohibición expresa de designar o contratar en funciones con contacto directo con menores a personas condenadas por delitos sexuales o de violencia de género, aun cuando las penas no impliquen prisión efectiva.

La autora del proyecto explicó que "la norma busca establecer una regulación concreta de protección en todos los espacios donde los menores puedan verse expuestos, fijando una vara mínima de cuidado y responsabilidad institucional".

El proyecto, según la legisladora "garantiza entornos seguros no solo en ámbitos deportivos, sino también culturales, educativos, sociales y religiosos, mediante la prohibición de que personas con condenas por delitos sexuales, trata de personas o supresión y suposición del estado civil puedan desempeñar funciones con contacto permanente con menores".

La iniciativa incorpora controles obligatorios y responsabilidades claras, exigiendo que instituciones y asociaciones verifiquen mediante certificado de antecedentes penales que los adultos a cargo de los menores estén libres de estos delitos. 

Subrayó que "la medida es preventiva y no punitiva, y permite establecer un estándar mínimo de cuidado en todos los espacios donde los niños y adolescentes desarrollan su vida social, educativa, deportiva y espiritual".

La propuesta surge ante casos recientes de abuso sexual en distintos ámbitos de la provincia, que han puesto en evidencia la necesidad de reforzar los controles y las responsabilidades institucionales. 

Entre ellos se mencionan el de un entrenador de hockey femenino, Walter Conna, condenado en un juicio abreviado por abuso sexual a una menor de 15 años en San Rafael que, pese a la sentencia, fue nuevamente designado en un club del Este provincial, el de un profesor de hockey sobre patines del club Godoy Cruz Antonio Tomba condenado a ocho años de prisión efectiva y el de un instructor de Kung Fu en Luján de Cuyo. 

También se citan antecedentes en instituciones religiosas, como el caso de un pastor condenado por abuso sexual agravado en el departamento de San Martín.

La norma modifica la Ley 6457 incorporando la obligatoriedad del certificado de antecedentes penales como requisito para el ejercicio de funciones que impliquen contacto directo con menores. 

Además, introduce cambios en la Ley Provincial 9139 de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, imponiendo la misma obligación a asociaciones civiles, fundaciones e instituciones privadas que trabajen con niños, niñas y adolescentes.

El texto también adhiere a la Ley Nacional 27.709 "Ley Lucio", y establece la capacitación obligatoria en materia de derechos de la infancia y prevención de la violencia infantil para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en cualquiera de los poderes del Estado provincial.

 Del mismo modo, la exigencia se extiende a directivos y autoridades de asociaciones y fundaciones que mantengan vínculos con el Estado o reciban beneficios o subsidios provinciales.

La iniciativa instruye, además, al Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE a revisar su normativa de contrataciones, a fin de impedir que personas con condenas por delitos sexuales o de violencia de género puedan desempeñar tareas en ámbitos donde haya menores a su cargo.

Ahora la pieza legislativa pasará a la Cámara de Diputados para darle sanción definitiva a la Ley.